LEY NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Fuente Pagina Adriana Puiggrós
TÍTULO I. LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. En tanto la Educación es un bien público y un derecho humano personal y social, la presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar, aprender y producir conocimiento a través de la investigación y la creación científicas, tecnológicas, culturales y artísticas, en sus diversas formas. Este derecho debe vincularse socialmente mediante la extensión y los procesos de innovación socioproductivos, en la totalidad de los cursos, carreras y actividades que componen la estructura general del sistema, las Instituciones y las organizaciones de la Educación Superior.
ARTÍCULO 2. La Educación Superior forma parte indisoluble del Sistema Educativo Nacional tal como lo define la Ley 26.206 y articula sus principios, funciones, objetivos, saberes, prácticas y producciones con los Niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, las Modalidades y los Ámbitos educativos. Se regula por las disposiciones de la presente ley y subsidiariamente por las Leyes de Educación Nacional Nº 26.206 y de Educación Técnico-Profesional Nº 26.058 en lo que corresponda.
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CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. En tanto la Educación es un bien público y un derecho humano personal y social, la presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar, aprender y producir conocimiento a través de la investigación y la creación científicas, tecnológicas, culturales y artísticas, en sus diversas formas. Este derecho debe vincularse socialmente mediante la extensión y los procesos de innovación socioproductivos, en la totalidad de los cursos, carreras y actividades que componen la estructura general del sistema, las Instituciones y las organizaciones de la Educación Superior.
ARTÍCULO 2. La Educación Superior forma parte indisoluble del Sistema Educativo Nacional tal como lo define la Ley 26.206 y articula sus principios, funciones, objetivos, saberes, prácticas y producciones con los Niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, las Modalidades y los Ámbitos educativos. Se regula por las disposiciones de la presente ley y subsidiariamente por las Leyes de Educación Nacional Nº 26.206 y de Educación Técnico-Profesional Nº 26.058 en lo que corresponda.
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